EL CONTROL INTERNO Y SU IMPORTANCIA EN LOS ORGANOS PUBLICOS
EL CONTROL
INTERNO Y SU IMPORTANCIA EN LOS ORGANOS PUBLICOS
Introducción.
Los órganos públicos como agentes de
la administración publica coadyuban en la búsqueda del bienestar social a
través de la producción de bienes y la generación de servicios, cada gobierno
(federal, estatal y municipal) por disposición normativa debe elaborar un
programa de desarrollo donde detalle las políticas públicas que emprenderá para
cumplir con los objetivos que se proponga, dicho programa no puede ser cumplido
en su totalidad por el ejecutivo debido a que adolece de la capacidad per se de
administrar y ejecutar las políticas que ha diseñado, es por ello que el
derecho administrativo a desarrollado la figura de los denominados órganos centralizados,
desconcentrados y descentralizados, no
es objeto del presente trabajo analizar cada una de las figuras, sin embargo
para un mejor entendimiento describiremos de manera breve su contenido.
a) Órganos centralizados: Los órganos centralizados son
aquellas secretarias que dependen directamente del ejecutivo, no tienen
autonomía, personalidad ni patrimonio propio.
b) Órganos Desconcentrados: Órganos creados por las secretarias
de estado para el auxilio de sus objetivos.
c) Órganos descentralizados: Se refiere a los órganos creados por
decreto o por ministerio de ley con un objetivo específico en áreas
prioritarias y que cuentan con autonomía, personalidad y patrimonio propio.
También existen otro tipo de órganos
que si bien no persiguen los objetivos detallados en el programa de desarrollo
si comparten los mismo principios del servicio publicó, estos órganos son
creados directamente por la constitución política y se denominan órganos
autónomos con fines establecidos en la propia norma que estableció su
creación.
Los órganos públicos mencionados
anteriormente (también denominados instituciones públicas) son parte de lo que
conocemos como administración pública, encargada de vincular a la ciudadanía
con el poder político a través del cumplimiento de sus objetivos y respetando
los principios del servicio publicó, dichos principios se encuentran en
distintos cuerpos normativos como la ley general del sistema nacional
anticorrupción, ley general de responsabilidades administrativas y en la propia
constitución mexicana, armonizando los diferentes principios que se mencionan y
con ayuda del trabajo del doctor Daniel Márquez Gómez en su obra El marco
jurídico para la operación del sistema nacional anticorrupción, advertimos los
siguientes principios del servicio publicó:
1.
Legalidad
2.
Disciplina
3.
Honradez
4.
Objetividad
5.
Profesionalismo
6.
Imparcialidad
7.
Lealtad
8.
Eficiencia
9.
Eficacia
10. Equidad
11. Integridad
12. Rendición de cuentas
13. Trasparencia
14. Economía
15. Competencia por merito
Control interno
El control interno es un tema
novedoso en la administración pública de México, ha tomado relevancia debido a
la implementación del sistema nacional anticorrupción y las múltiples reformas
efectuadas a ordenamientos (en gran medida) de carácter administrativo. En el
año 2014 la auditoria superior de la federación publicó el Marco Integrado de
Control Interno (En adelante marco integrado) el cual ha servido desde entonces
como lineamiento para calificar el control interno de las dependencias
públicas. El marco integrado define al control interno como “Un proceso
efectuado por el Órgano de Gobierno, el Titular, la Administración y los demás
servidores públicos de una institución, con objeto de proporcionar una
seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos institucionales y la
salvaguarda de los recursos públicos, así como para prevenir la
corrupción”
Como podemos advertir el objeto del
control interno se diversifica en tres:
1) Consecución de los objetivos
institucionales: Se refiere a realizar los fines para los que fue creada la
institución, mismos fines que se pueden clasificar en tres categorías:
1.1)
De
operación: Se refiere a la eficacia, eficiencia y economía de las
operaciones
1.2)
De
información: Consiste en la confiabilidad de los informes internos y
externos.
1.3)
De
cumplimiento: Se relaciona con el apego a las disposiciones jurídicas y
normativas.
2. Salvaguarda de los recursos públicos:
Proteger los recursos públicos de los perjuicios a los que se encuentran
expuestos con motivo de la operación de los mismos.
3. Prevención de la corrupción: Adopción
de medidas disuasorias que minimicen el riesgo de conductas corruptas dentro de
la organización.
El control interno ha adoptado cinco componentes
que al ponerse en ejercicio reduciría los riesgos internos y cumpliría en la
medida de su adecuada aplicación los objetos del control interno, dichos
componentes son los siguientes:
1. Ambiente de Control. Establecer y
promover la integridad, los valores éticos y las normas de conducta, así como
la estructura de vigilancia, desarrollar expectativas de competencia profesional
y mantener la rendición de cuentas ante todos los miembros del Órgano de
Gobierno, en su caso, o del Titular y de las principales partes interesadas.
2. Administración de Riesgos. Vigilar la
evaluación de los riesgos que amenazan el logro de objetivos, incluyendo el
impacto potencial de los cambios significativos, la corrupción, el fraude y la
elusión de controles por parte de cualquier servidor público.
3. Actividades de Control. Vigilar a la
Administración en el desarrollo y ejecución de las actividades de control.
4. Información y Comunicación. Analizar
y discutir la información relativa al logro de los objetivos institucionales.
5. Supervisión. Examinar la naturaleza y
alcance de las actividades de supervisión de la Administración, así como las
evaluaciones realizadas por ésta y las acciones correctivas implementadas para
remediar las deficiencias identificadas.
Otro elemento indispensable para el
control interno es adoptar una buena estructura organizacional que en palabras
del propio marco integrado se trata de “unidades administrativas, procesos
sustantivos y adjetivos y cualquier otra estructura utilizada por la Dirección
para lograr los objetivos institucionales.”, mismas que se pueden clasificar
en:
1) Institución
2) División
3) Unidades administrativas
4) Función
En conclusión, una buena estructura
organizacional delimita funciones, hace que los componentes sean ejecutados por
los responsables de manera adecuada y por tanto que el control interno cumpla
con su objeto.
Control Interno y órganos públicos.
Ya hemos hablado de la importancia
del control interno per se y sus objetivos, continuando con nuestro
trabajo toca explicar la importancia del control interno dentro de los órganos
públicos, cuestión que trataremos a continuación; la constitución política en
su artículo 109 fracción tercera, párrafo quinto determina que
Los entes públicos federales tendrán órganos internos
de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e
investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades
administrativas; para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso,
manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones
federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran
ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la
Corrupción a que se refiere esta Constitución. Los entes públicos estatales y
municipales, así como del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales,
contarán con órganos internos de control, que tendrán, en su ámbito de
competencia local, las atribuciones a que se refiere el párrafo anterior.
Lo anterior resulta ser el fundamento
que precisa a los órganos públicos federales, estatales y municipales adoptar
un control interno, mismo que como hemos precisado con anterioridad, ha sido
establecido en el año 2014 por la auditoria superior de la federación.
El control interno es una herramienta
que promueve la consecución de los objetivos institucionales a través de sus cinco
componentes y puntos de interés materializados en planes, métodos, programas,
políticas y procedimientos, mismos que funcionan como un solo proceso cuyo
contenido se ha establecido en el Marco integrado de control interno y en el
manual administrativo de aplicación general en materia de control interno.
Recientemente la ley general de
responsabilidades administrativas y las leyes locales han determinado que los
órganos de control interno (encargados del control interno) tienen la facultad
de sancionar los actos de corrupción distintos a los que son competencia del
tribunal federal (o local) de justicia administrativa. En conclusión, la
importancia del control interno en los órganos públicos radica en su
contribución al cumplimiento de los objetivos institucionales de operación, de
información y de cumplimiento establecidos en el plan de desarrollo competente,
así como a la salvaguarda de los recurso públicos y la prevención de la
corrupción.
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