EL CONTROL INTERNO Y SU IMPORTANCIA EN LOS ORGANOS PUBLICOS

 

EL CONTROL INTERNO Y SU IMPORTANCIA EN LOS ORGANOS PUBLICOS

 

Introducción.

Los órganos públicos como agentes de la administración publica coadyuban en la búsqueda del bienestar social a través de la producción de bienes y la generación de servicios, cada gobierno (federal, estatal y municipal) por disposición normativa debe elaborar un programa de desarrollo donde detalle las políticas públicas que emprenderá para cumplir con los objetivos que se proponga, dicho programa no puede ser cumplido en su totalidad por el ejecutivo debido a que adolece de la capacidad per se de administrar y ejecutar las políticas que ha diseñado, es por ello que el derecho administrativo a desarrollado la figura de los denominados órganos centralizados, desconcentrados y  descentralizados, no es objeto del presente trabajo analizar cada una de las figuras, sin embargo para un mejor entendimiento describiremos de manera breve su contenido.

a)      Órganos centralizados: Los órganos centralizados son aquellas secretarias que dependen directamente del ejecutivo, no tienen autonomía, personalidad ni patrimonio propio.

b)      Órganos Desconcentrados: Órganos creados por las secretarias de estado para el auxilio de sus objetivos.

c)      Órganos descentralizados: Se refiere a los órganos creados por decreto o por ministerio de ley con un objetivo específico en áreas prioritarias y que cuentan con autonomía, personalidad y patrimonio propio.

También existen otro tipo de órganos que si bien no persiguen los objetivos detallados en el programa de desarrollo si comparten los mismo principios del servicio publicó, estos órganos son creados directamente por la constitución política y se denominan órganos autónomos con fines establecidos en la propia norma que estableció su creación.

Los órganos públicos mencionados anteriormente (también denominados instituciones públicas) son parte de lo que conocemos como administración pública, encargada de vincular a la ciudadanía con el poder político a través del cumplimiento de sus objetivos y respetando los principios del servicio publicó, dichos principios se encuentran en distintos cuerpos normativos como la ley general del sistema nacional anticorrupción, ley general de responsabilidades administrativas y en la propia constitución mexicana, armonizando los diferentes principios que se mencionan y con ayuda del trabajo del doctor Daniel Márquez Gómez en su obra El marco jurídico para la operación del sistema nacional anticorrupción, advertimos los siguientes principios del servicio publicó:

1.      Legalidad

2.      Disciplina

3.      Honradez

4.      Objetividad

5.      Profesionalismo

6.      Imparcialidad

7.      Lealtad

8.      Eficiencia

9.      Eficacia

10.  Equidad

11.  Integridad

12.  Rendición de cuentas

13.  Trasparencia

14.  Economía

15.  Competencia por merito

 

Control interno

El control interno es un tema novedoso en la administración pública de México, ha tomado relevancia debido a la implementación del sistema nacional anticorrupción y las múltiples reformas efectuadas a ordenamientos (en gran medida) de carácter administrativo. En el año 2014 la auditoria superior de la federación publicó el Marco Integrado de Control Interno (En adelante marco integrado) el cual ha servido desde entonces como lineamiento para calificar el control interno de las dependencias públicas. El marco integrado define al control interno como “Un proceso efectuado por el Órgano de Gobierno, el Titular, la Administración y los demás servidores públicos de una institución, con objeto de proporcionar una seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos institucionales y la salvaguarda de los recursos públicos, así como para prevenir la corrupción” 

Como podemos advertir el objeto del control interno se diversifica en tres:

1)      Consecución de los objetivos institucionales: Se refiere a realizar los fines para los que fue creada la institución, mismos fines que se pueden clasificar en tres categorías:

1.1)            De operación: Se refiere a la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones

1.2)            De información: Consiste en la confiabilidad de los informes internos y externos.

1.3)            De cumplimiento: Se relaciona con el apego a las disposiciones jurídicas y normativas.

2.       Salvaguarda de los recursos públicos: Proteger los recursos públicos de los perjuicios a los que se encuentran expuestos con motivo de la operación de los mismos.

3.       Prevención de la corrupción: Adopción de medidas disuasorias que minimicen el riesgo de conductas corruptas dentro de la organización.

 El control interno ha adoptado cinco componentes que al ponerse en ejercicio reduciría los riesgos internos y cumpliría en la medida de su adecuada aplicación los objetos del control interno, dichos componentes son los siguientes:

1.      Ambiente de Control. Establecer y promover la integridad, los valores éticos y las normas de conducta, así como la estructura de vigilancia, desarrollar expectativas de competencia profesional y mantener la rendición de cuentas ante todos los miembros del Órgano de Gobierno, en su caso, o del Titular y de las principales partes interesadas.

2.      Administración de Riesgos. Vigilar la evaluación de los riesgos que amenazan el logro de objetivos, incluyendo el impacto potencial de los cambios significativos, la corrupción, el fraude y la elusión de controles por parte de cualquier servidor público.

3.      Actividades de Control. Vigilar a la Administración en el desarrollo y ejecución de las actividades de control.

4.      Información y Comunicación. Analizar y discutir la información relativa al logro de los objetivos institucionales.

5.      Supervisión. Examinar la naturaleza y alcance de las actividades de supervisión de la Administración, así como las evaluaciones realizadas por ésta y las acciones correctivas implementadas para remediar las deficiencias identificadas.

Otro elemento indispensable para el control interno es adoptar una buena estructura organizacional que en palabras del propio marco integrado se trata de “unidades administrativas, procesos sustantivos y adjetivos y cualquier otra estructura utilizada por la Dirección para lograr los objetivos institucionales.”, mismas que se pueden clasificar en:

1)      Institución

2)      División

3)      Unidades administrativas

4)      Función

En conclusión, una buena estructura organizacional delimita funciones, hace que los componentes sean ejecutados por los responsables de manera adecuada y por tanto que el control interno cumpla con su objeto.

 

Control Interno y órganos públicos.

Ya hemos hablado de la importancia del control interno per se y sus objetivos, continuando con nuestro trabajo toca explicar la importancia del control interno dentro de los órganos públicos, cuestión que trataremos a continuación; la constitución política en su artículo 109 fracción tercera, párrafo quinto determina que

Los entes públicos federales tendrán órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción a que se refiere esta Constitución. Los entes públicos estatales y municipales, así como del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, contarán con órganos internos de control, que tendrán, en su ámbito de competencia local, las atribuciones a que se refiere el párrafo anterior.

Lo anterior resulta ser el fundamento que precisa a los órganos públicos federales, estatales y municipales adoptar un control interno, mismo que como hemos precisado con anterioridad, ha sido establecido en el año 2014 por la auditoria superior de la federación.

El control interno es una herramienta que promueve la consecución de los objetivos institucionales a través de sus cinco componentes y puntos de interés materializados en planes, métodos, programas, políticas y procedimientos, mismos que funcionan como un solo proceso cuyo contenido se ha establecido en el Marco integrado de control interno y en el manual administrativo de aplicación general en materia de control interno.

Recientemente la ley general de responsabilidades administrativas y las leyes locales han determinado que los órganos de control interno (encargados del control interno) tienen la facultad de sancionar los actos de corrupción distintos a los que son competencia del tribunal federal (o local) de justicia administrativa. En conclusión, la importancia del control interno en los órganos públicos radica en su contribución al cumplimiento de los objetivos institucionales de operación, de información y de cumplimiento establecidos en el plan de desarrollo competente, así como a la salvaguarda de los recurso públicos y la prevención de la corrupción.

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